En Hernández Mora Abogados, como especialistas en compraventa de viviendas, queremos ofrecer información de calidad sobre cómo funciona el proceso de compra en España. Para ello os dejamos información sobre los diferentes contratos que pueden darse en la compra de un inmueble.
Contrato de depósito: este contrato es redactado por la inmobiliaria y establece precio, depósito, depositario y tipo de penalización en caso de cancelación. Además, este acuerdo puede incluir otros términos y condiciones, como fecha límite para elevar a público, por ejemplo.
Contrato privado de compraventa: redactaremos otro acuerdo para entrar en detalles y los términos de una compra. Este nuevo acuerdo es redactado por nosotros después de verificar la documentación de la propiedad.
Due Diligence: verificaremos la situación legal de la propiedad, como titularidad legal, gravámenes, cargos, deuda de impuestos municipales, servicios públicos y algunos otros elementos, dependiendo de la naturaleza de la propiedad y su situación legal.
Notario: cuando todo está listo, entre 2 semanas y 2 meses en la mayoría de los casos, podemos concertar una cita en el Notario para firmar ante él y comprar la propiedad. Aquí se entregan las llaves y se efectúa el pago.
Impuestos, notaría y Registro de la Propiedad: después del Notario se deben pagar los impuestos y las escrituras que se presentan al Registro de la Propiedad para cambiar la nueva propiedad.